Archivo de la categoría: Principios en la jurisprudencia

La ejecución anticipada en los procesos de Hábeas Data.

Erika Tejada Villar

Consultora de la Defensoría del Pueblo en materia de transparencia.

La ejecución anticipada es un instituto procesal que otorga al juez la potestad para que, en cualquier momento del proceso y antes de que dicte sentencia, solicite al demandado la entrega de la información que motivó la interposición del Hábeas Data. Además, otorga la facultad para solicitar informes sobre el soporte técnico de los datos, la forma en la que se produjo su recolección, y en general, cualquier elemento que resulte útil para resolver el caso. Este pedido  podrá realizarse de oficio por el juez o a solicitud del recurrente, fijándose como plazo máximo tres días útiles para que la entidad remita al juez la información solicitada. Sigue leyendo

La responsabilidad civil como método de protección de la privacidad

Oscar Sumar

Profesor, investigador y consultor en la Facultad de Derecho de la Universidad del Pacífico.  Master en Derecho por U.C. Berkeley.

El caso: el demandante Especifica que en su condición de árbitro profesional fue designado para dirigir un partido de fútbol entre los equipos de Deportivo Municipal y José Pardo, cuyas incidencias originaron un reclamo del primero y que concluyó con una sanción de 15 días de suspensión al recurrente impuesta por la Liga Superior de Lambayeque. El presidente del club Deportivo Municipal, con el objetivo de perjudicarlo en su trayectoria, recurrió a los medios de prensa y presentó una copia de su hoja clínica de Essalud al diario El Ciclón, transgrediendo de este modo los incisos 5) y 6) del artículo 2 de nuestra Constitución, que protegen la reserva de la información que afecte la intimidad personal y familiar.  Agrega que la historia clínica es el documento de identidad de la salud de una persona, pues contiene información sobre sus enfermedades, hábitos de vida, antecedentes familiares, etc., y no se puede difundir sin perjudicar los derechos del titular, que es lo que ha ocurrido al haberse publicado información relativa a su estado de salud” (sentencia 04627-2006-HD/TC). Sigue leyendo

El ‘bloque de constitucionalidad’

Se trata de una noción jurídico-política que persigue la coherencia en el orden de las leyes, posibilitando al juzgador otorgarle a unas la cualidad de referentes para analizar la constitucionalidad de otras, siendo todas de igual jerarquía. Siguiendo esta línea conceptual, cabe preguntarse si es que Texto Único Ordenado de la Ley 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Pública no forma parte acaso del ‘bloque de constitucionalidad’. Sigue leyendo

El “interés público” en relación con el presunto conflicto entre el acceso a la información pública y otros derechos.

Carlos Hakansson

Doctor en Derecho (Universidad de Navarra), Profesor de Derecho Constitucional e Integración (Universidad de Piura), Titular de la Cátedra Jean Monnet (Comisión Europea).

El ejercicio judicial para la interpretación constitucional de los derechos humanos ha dado lugar a la creencia que éstos pueden colisionar entre sí; es decir, se asume la idea que los conflictos de derechos humanos (la libertad de información versus el derechos de intimidad por ejemplo) son posibles y se pueden evidenciar en un caso concreto; en ese sentido, la doctrina nos presenta dos teorías que buscan justificar esta afirmación. Sigue leyendo

¿Es prudente la actuación inmediata de una sentencia recurrida, a favor del acceso a la información pública?

Christian Donayre Montesinos

Profesor Titular de las Facultades de Derecho de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC) y la Universidad del Pacífico

Cuando se publicó e incluso tiempo después de que entró en vigencia el Código Procesal Constitucional, uno de los mecanismos procesales que no había quedado claro si estaba recogido en él era el de la actuación inmediata de la sentencia. En efecto, de la redacción del artículo 22° de la referida norma, no se desprendía con certeza si acaso la sentencia expedida por el juez de primer grado en el seno de un proceso constitucional podía ser ejecutada inmediatamente, muy a despecho de que contra ella se haya interpuesto el medio impugnatorio correspondiente. Sigue leyendo

Estado de cosas inconstitucionales y acceso a la información pública

Luis Alberto Huerta Guerrero

Profesor de Derecho Constitucional y Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

Las sentencias del Tribunal Constitucional que ponen fin a un proceso constituyen cosa juzgada para las partes que intervinieron en el mismo, y deben ser estrictamente cumplidas. A la vez, las decisiones del Tribunal deberían servir para evitar que actos lesivos similares vuelvan a ocurrir a futuro, no sólo respecto a la persona que ganó el caso, sino también respecto de todas aquellas otras que se encuentran en similar situación. En este sentido, si las entidades estatales identifican que hay un acto que ha sido calificado por los tribunales como lesivo de derechos fundamentales, lo lógico sería que no vuelvan a repetirlo, evitándose de esta forma la interposición de nuevas demandas judiciales. Sigue leyendo

El principio de transparencia activa para garantizar los derechos sexuales y reproductivos

Ursula Indacochea Prevost

Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, candidata a Master en Estudios Avanzados en Derechos Humanos por la Universidad Carlos III de Madrid. Miembro de Constitucionalismo Crítico.

El 10 de agosto de 2012, la Corte Constitucional de Colombia emitió sentencia en la Acción de Tutela iniciada por 1278 mujeres contra el Procurador General de la Nación de ese país, quienes exigían –entre otras cosas- el reconocimiento y tutela de su derecho de acceder a información pública en materia de derechos sexuales y reproductivos[1]. Se trata de una sentencia importante que merece nuestro comentario, pues constituye un hito a nivel regional que aplica los principales estándares fijados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, dictado por una corte extranjera de gran prestigio a cuyos desarrollos presta particular atención el Tribunal Constitucional del Perú. Sigue leyendo

Hábeas Data: adecuando las formalidades a los fines del proceso

Samuel B. Abad Yupanqui

Profesor de Derecho Constitucional de la PUCP. Socio del Estudio Echecopar

¿Puede una exigencia formal limitar el cumplimiento de los fines de un proceso de hábeas data? Por ejemplo, ¿qué sucede si una persona solicita información a una entidad pública omitiendo referirse a un documento de su legajo personal y luego, en su demanda, pide copia del legajo completo?, ¿qué ocurre si se apela una sentencia desestimatoria sin detallar todos los agravios que ella produce al demandante? o ¿qué sucede si un proceso se inicia como amparo cuando en realidad era un hábeas data? En tales casos ¿deberá rechazarse la tutela solicitada? Veamos. Sigue leyendo

La regulación de las excepciones al derecho de acceso a la información pública

Erika Tejada Villar

Profesora adjunta en  Derecho Procesal Constitucional en la Universidad ESAN.

Las excepciones son una minoría de supuestos de hecho determinados claramente por una norma, que requieren una regulación especial frente a la regulación general que rige para todos los supuestos restantes. El Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (en adelante La Ley) además de establecer tres tipos de excepciones -información secreta, información reservada e información confidencial- ha desarrollado, en su artículo 18º, la forma en que éstas han de ser aplicadas. Sigue leyendo

Derecho al acceso a la información pública y derecho a la defensa dentro de un proceso judicial

Sofía Liliana Salinas Cruz

Abogada de la Procuraduría Pública Especializada en materia constitucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con estudios de Maestría con mención en Derecho Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú.

Cuando el Tribunal Constitucional ha conocido demandas de hábeas data, en última instancia, en los cuales a una de las partes de un proceso judicial en trámite se le ha denegado acceso a información del expediente, ha considerado que está involucrado el derecho de acceso a la información de quien interpone la demanda de hábeas data (STC Exp. N° 02433-2010-PHD/TC, STC Exp. N° 03943-2011-PHD/TC, STC Exp. N° 04146-2009-PHD/TC, entre otros). Sigue leyendo