Por Luis Alberto Huerta Guerrero
Profesor de Derecho Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos
El Código Procesal Constitucional contiene muy pocas normas específicas sobre el proceso de hábeas data, por lo que su regulación se basa en las disposiciones generales aplicables a los procesos de tutela de derechos fundamentales (Título I del Código) y las disposiciones aplicables del proceso de amparo (Título III del Código). Sigue leyendo